
¿Crees que te corresponde el tercer grado? ¿Quieres vivir ya en semilibertad? Si reúnes los requisitos para ello puedes conseguirlo. Estudiamos tu caso y defendemos tus derechos.
Independientemente del motivo de tu condena, tienes derecho a progresar de grado si reúnes los requisitos para conseguirlo.
El tercer grado penitenciario permite que puedas continuar con tu tratamiento en un centro de inserción social (CIS) y tener un continuo contacto con el exterior al poder vivir en semilibertad.
También tendrán derecho a salir al exterior en los períodos que hayan sido establecidos en la resolución de que se trate.
La concesión del tercer grado penitenciario busca facilitar tu reinserción. El objetivo es que te incorpores de una manera progresiva a la sociedad y a tu vida familiar.
En esta condición de tercer grado se reducen las medidas de control y a cambio, os van a solicitar responsabilidad ya que van a aumentar la confianza que depositan en vosotros.
La Ley Penitenciaria en su art. 72.3 dice que, si se dan las condiciones para ello, esta calificación podría concederse desde el principio, sin necesidad de pasar por grados inferiores.
Aunque la ley recoge esta posibilidad, la realidad es que no es fácil que desde el principio se conceda. Lo habitual es conseguir el tercer grado penitenciario a través de una progresión de grado. Para esta progresión de grado, es necesario cumplir una serie de requisitos.
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Podemos ayudarte a conseguirlo.
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Requisitos para conseguir el tercer grado penitenciario
Los requisitos que la Junta de Tratamiento del Centro va a estudiar para autorizar la solicitud del tercer grado penitenciario son:
- Haber pagado la responsabilidad civil derivada del delito o estar en proceso de pago de ella.
- Demostrar y mantener buena conducta penitenciaria.
- Haber cumplido parte de la condena o, como también se conoce, periodo de seguridad:
- Si la pena impuesta es inferior a 5 años. Hay que haber cumplido una cuarta parte de la condena.
- Si la condena es superior a 5 años. Según el Código Penal en su art. 36.2 tienes que haber cumplido la mitad.
Si estás en esta situación o tienes dudas de si lo estás, podemos ayudarte. Analizamos tu caso, solicitamos el tercer grado para ti y si no te lo conceden, recurriremos hasta conseguirlo. Además, podemos aconsejarte sobre qué otros temas tienen en cuenta para conceder el tercer grado y que no están recogidos en la Ley.
Podemos ayudarte.
Somos abogados especializados en derecho penitenciario. Conocemos tu situación y sabemos cómo gestionarla. No te preocupes por nada, nosotros nos encargamos de todas las gestiones, sin excepción, hasta el momento en que tú recuperes tu libertad.
Si quieres más información sobre tu vida en prisión, te animamos a que consultes estos otros temas que hemos preparado.
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